domingo, 19 de octubre de 2008

SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES

El tema ha sido tratado tantas veces ... a veces hasta cansa.

Sin duda, el dinero que acompaña la gestión de los servicios públicos debe haber tenido mucho que ver con las diversas opciones/soluciones jurídicas que a lo largo del tiempo se han dado (se están dando).

En el tema, conviene tener muy presente, por cierto, lo que dispone de un tiempo a esta parte el segundo párrafo del art. 2.2.a de la Ley General Tributaria:
Se entenderá que los servicios se prestan o las actividades se realizan en régimen de derecho público cuando se lleven a cabo mediante cualquiera de las formas previstas en la legislación administrativa para la gestión del servicio público y su titularidad corresponda a un ente público.


Boomp3.com

Os dejo aquí una gran canción (no le encontré completa, lo siento) y un articulo doctrinal que me gustó. Las citas de la legislación de contratos están desfasadas. Pero aun así, creo que sigue siendo útil.

GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES
SOCIEDAD MERCANTIL

Y si alguien se aburre, pues aproveche para echar un vistazo a este original vídeo de un genial grupo

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