TRÁFICO
Infracciones muy graves. Falta de identificación del conductor infractor por el titular.
Principio de proporcionalidad: vulneración.
Motivación: falta de -- en cuanto a la graduación de la sanción: indefensión.
La resolución sancionadora es sucinta y breve; utiliza modelos estereotipados pero cumple el mínimo de motivación exigido en cuanto a fijación de hechos que motivan la sanción. Expresa cuál era la infracción cometida (no identificar al conductor del vehículo en el momento de la infracción, el titular debidamente requerido), el sujeto infractor, el tipo infringido y la sanción impuesta, conociendo la recurrente los hechos que han motivado la sanción.
No obstante, en la resolución impugnada no aparece ninguna motivación que exprese LA RAZÓN que ha llevado a la autoridad administrativa a imponer a la recurrente la sanción en su grado máximo.
Tal falta de motivación, en cuanto a la graduación de la sanción, origina indefensión a la recurrente, pues se le ha impedido combatir los criterios, por desconocer los mismos, en que se basa la Administración para imponer aquella sanción, lo cual impide también el control judicial, no pudiendo valorarse si está justificada o no la aplicación de la sanción en su grado máximo.
Resulta preciso que la Administración exprese las concretas razones por las que decide imponer el referido grado máximo ponderando las circunstancias concurrentes. El no hacerlo constituye motivo suficiente para estimar en parte el recurso y anular parcialmente la resolución impugnada en el sentido de reducir la sanción impuesta al mínimo legal de 301 €.
Ha de advertirse, además, que se aprecia vulneración del principio de proporcionalidad —art. 131.3 LRJPAC30/1992—, pues es a todas luces riguroso y desproporcionado sancionar los hechos en su grado máximo, sin dejar constancia ni plasmar dato alguno de cualquier circunstancia relativa a personas, tiempo o lugar, o a antecedentes infractores, que revelen una agravación de la conducta infractora.
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