Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Oviedo, Sentencia de 1 Jun. 2009, rec. 161/2008
Ponente: Iltma. Sra. Magistrada-Juez Martínez Ceyanes, Pilar.
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
En Oviedo, a uno de junio de dos mil nueve.
--- partes:
RECURRENTE: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS -----
DEMANDADO: EL AYUNTAMIENTO …
CODEMANDADA: AGI DEL AGUA …
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 27 de mayo de 2008, se presentó en el Juzgado Decano de Oviedo, recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Oviedo de las reclamaciones formuladas y reiteradas solicitando se dictase resolución por la que se acordase el cese del funcionamiento de la instalación de la fuente sita en ….. o bien se adoptasen las medidas correctoras necesarias para que dicha instalación supere los niveles de ruido establecidos en la normativa vigente.
Segundo.- Reclamado el expediente administrativo se formalizó la demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, el recurrente terminó suplicando se dictara sentencia por la que estimando el recurso, se declare contraria a derecho y en consecuencia, nula la desestimación presunta de la reclamación formulada ante el Ayuntamiento de Oviedo; en consecuencia se condene a dicho Ayuntamiento a la realización de las obras necesarias, en el plazo que por el Juzgado se estime conveniente, para la adecuación de la Fuente sita en Oviedo, Plaza …, a la normativa sobre ruidos vigente, con el cese del funcionamiento de la citada fuente hasta la terminación de las obras o actuaciones adecuadas, y condicionando su nueva puesta en funcionamiento a la comprobación de que los niveles sonoros se mantienen dentro la legalidad vigente, con todos los pronunciamientos legales favorables derivados de dicho reconocimiento, imponiendo a la parte demandada las costas del recurso.
Tercero.- Tanto la representación de la Administración demandada como la de la codemandada contestaron a la demanda en tiempo y forma y en ella expusieron los hechos y fundamentos de derecho que consideraron de aplicación y terminaron suplicando se dictara sentencia por laque se desestimara la demanda con imposición de costas a la recurrente.
Cuarto.- Se fijó la cuantía de la presente litis como Indeterminada y practicada la prueba ... formuladas conclusiones por ambas partes quedaron los autos conclusos para sentencia.
...
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Oviedo de las reclamaciones formuladas en fechas 14-12-2005,11-9-2007 y 28-2-2008 solicitando se dictase resolución por la que se acordase el cese del funcionamiento de la instalación de la fuente sita en Plaza .... de Oviedo o bien se adoptasen las medidas correctoras necesarias para evitar que dicha instalación supere los niveles de ruido establecidos en la normativa vigente.
Se alega por la parte recurrente que las mediciones efectuadas en los pisos 6° E, 7º E y 8° E del edificio …. demuestran que el ruido de la fuente supera con mucho la normativa vigente en materia de ruidos cuya aplicación debe ser salvaguardada por la Administración municipal en ejercicio de sus competencias. Solicita que con anulación de la resolución desestimatoria presunta impugnada y previas las obras que se estimen precisas, con cese de funcionamiento de la fuente hasta que las mismas se lleven a cabo, se adecue la referida fuente a los niveles sonoros permitidos.
Ponente: Iltma. Sra. Magistrada-Juez Martínez Ceyanes, Pilar.
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
En Oviedo, a uno de junio de dos mil nueve.
--- partes:
RECURRENTE: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS -----
DEMANDADO: EL AYUNTAMIENTO …
CODEMANDADA: AGI DEL AGUA …
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 27 de mayo de 2008, se presentó en el Juzgado Decano de Oviedo, recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Oviedo de las reclamaciones formuladas y reiteradas solicitando se dictase resolución por la que se acordase el cese del funcionamiento de la instalación de la fuente sita en ….. o bien se adoptasen las medidas correctoras necesarias para que dicha instalación supere los niveles de ruido establecidos en la normativa vigente.
Segundo.- Reclamado el expediente administrativo se formalizó la demanda en la que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, el recurrente terminó suplicando se dictara sentencia por la que estimando el recurso, se declare contraria a derecho y en consecuencia, nula la desestimación presunta de la reclamación formulada ante el Ayuntamiento de Oviedo; en consecuencia se condene a dicho Ayuntamiento a la realización de las obras necesarias, en el plazo que por el Juzgado se estime conveniente, para la adecuación de la Fuente sita en Oviedo, Plaza …, a la normativa sobre ruidos vigente, con el cese del funcionamiento de la citada fuente hasta la terminación de las obras o actuaciones adecuadas, y condicionando su nueva puesta en funcionamiento a la comprobación de que los niveles sonoros se mantienen dentro la legalidad vigente, con todos los pronunciamientos legales favorables derivados de dicho reconocimiento, imponiendo a la parte demandada las costas del recurso.
Tercero.- Tanto la representación de la Administración demandada como la de la codemandada contestaron a la demanda en tiempo y forma y en ella expusieron los hechos y fundamentos de derecho que consideraron de aplicación y terminaron suplicando se dictara sentencia por laque se desestimara la demanda con imposición de costas a la recurrente.
Cuarto.- Se fijó la cuantía de la presente litis como Indeterminada y practicada la prueba ... formuladas conclusiones por ambas partes quedaron los autos conclusos para sentencia.
...
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Oviedo de las reclamaciones formuladas en fechas 14-12-2005,11-9-2007 y 28-2-2008 solicitando se dictase resolución por la que se acordase el cese del funcionamiento de la instalación de la fuente sita en Plaza .... de Oviedo o bien se adoptasen las medidas correctoras necesarias para evitar que dicha instalación supere los niveles de ruido establecidos en la normativa vigente.
Se alega por la parte recurrente que las mediciones efectuadas en los pisos 6° E, 7º E y 8° E del edificio …. demuestran que el ruido de la fuente supera con mucho la normativa vigente en materia de ruidos cuya aplicación debe ser salvaguardada por la Administración municipal en ejercicio de sus competencias. Solicita que con anulación de la resolución desestimatoria presunta impugnada y previas las obras que se estimen precisas, con cese de funcionamiento de la fuente hasta que las mismas se lleven a cabo, se adecue la referida fuente a los niveles sonoros permitidos.
Literalmente, la sentencia dice de la fuente que, "pese a su innegable carácter ornamental, implica una actividad que genera contaminación acústica". El texto continúa afirmando que "no cabe sino estimar la demanda y ordenar el cese de la misma hasta que tal defecto se subsane y el nivel sonoro alcance los objetivos de calidad acústica establecidos en la normativa vigente". La sentencia también remarca que no todos los vecinos de la zona se han quejado de los ruidos, pero deja muy claro que "nadie está obligado a soportar de forma constante y permanente un ruido superior al aceptable, por mucho que lo hagan sus convecinos".